Trámites | Ayudas Sociales, Discapacidad y Dependencia | Servicio de Ayuda Domiciliaria
Servicio de Ayuda Domiciliaria
- Puedes ir personalmente a hacer este trámite al S.A.C.
El Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio social: integral, polivalente y comunitario, dirigido a familias y/o personas, que tengan dificultades para valerse por si mismas en la realización de las actividades de la vida diaria, con el objeto de mejorar su calidad de vida a través de un programa individualizado con carácter preventivo, asistencial y/o rehabilitador, que se concreta principalmente en funciones de atención doméstica y cuidado personal, contribuyendo a la permanencia de las personas en su hogar.
Para más información:
Acción Social 900840895 / 944666348 accion_social@basauri.eus
Destinatarios/as:
Todas aquellas personas empadronadas en el municipio que cumplan los requisitos de acceso al servicio. Personas en situación de dependencia, o riesgo de dependencia. Sin límites de edad.Importe:
Copago (Ver Ordenanza)Requisitos:
Administrativos
- Estar empadronada en el domicilio en el que solicita el servicio a la fecha de la solicitud y permanecer empadronada en el mismo municipio.
De necesidad
- Residir en el domicilio, ya sea éste el domicilio propio o el de un o una familiar que actúa como persona cuidadora principal.
- Disponer de un domicilio cuyo estado no impida o dificulte gravemente la permanencia de la persona usuaria en el mismo, ni suponga riesgo para la propia persona o para los y las trabajadoras domiciliarias.
- Requerir apoyo para realizar las actividades básicas y/o instrumentales de la vida diaria.
- En caso necesario, disponer, junto con la prestación del SAD, de apoyos suficientes para permanecer en el domicilio en condiciones adecuadas.
- No presentar un estado de salud que requiera asistencia continuada en instituciones sanitarias o sociosanitarias.
- No rechazar el tratamiento que corresponda, en caso de padecer una enfermedad infecto-contagiosa o una enfermedad mental.
- No padecer trastornos de conducta o presentar comportamientos que puedan conllevar riesgo para los o las trabajadoras domiciliarias.
Normativa Aplicable:
Notas:
- El Servicio de ayuda a Domicilio, (SAD) será compatible con todos los servicios de atención a la dependencia, con la excepción de la atención prestada con carácter permanente en servicios de alojamiento o centros residenciales.
- En el caso de las personas en riesgo de dependencia la intensidad máxima del SAD se ajustará a la intensidad mínima prevista para el Grado I.
- Cuando se compatibilice con otros servicios o prestaciones no económicas, se aplicará una minoración en las intensidades máximas. Dicha minoración no se aplicará cuando se compatibilice con el servicio de teleasistencia.
- La determinación de su compatibilidad con la Prestación Económica de Asistencia Personal forma parte del ámbito competencial de las Diputaciones Forales.
- Sólo podrán acceder a atención doméstica quienes reciban atención personal o se encuentren en riesgo de dependencia.
Sección receptora:
Acción Social - 900840895 / 944666348 - accion_social@basauri.eusContacto:
Personal del departamento de Bienestar SocialDefiniciones:
Se solicitará una cita vía telefónica y se le asignara una profesional de referencia (trabajadora social) quien realizará una evaluación de la necesidades y establecerá las intensidades y tareas a prestar.Prescripción técnica.
Órgano resolución:
Bienestar SocialSilencio:
Negativo.Plazo legal:
Dos meses.Documentos a presentar:
- DNI del solicitante y de las personas que conviven en el domicilio.
- DNI de la persona de referencia.
- Libro de Familia.
- Permiso de residencia.
- Tarjeta sanitaria.
- Certificado del Instituto Nacional de la Seguridad Social, señalando que recibe pensión y la cuantÃa de ésta.
- Última declaración de la renta, o en caso de no hacerla, certificación negativa de la hacienda Foral.
- Movimientos económicos de todas las cuentas corrientes, depósitos dinerarios, valores, etc. a nombre del beneficiario, cónyuge y demás miembros de la unidad familiar durante el último año.
- Documento de domiciliación bancaria donde se pueda efectuar el cobro de las tasas del servicio.
- Certificado de minusvalÃa.
- Informe médico lo más detallado posible, reseñando también si padece enfermedades infecto-contagiosas.
- En caso de incapacidad, documentación acreditativa de la representación legal.
- Justificante de otros ingresos.
- Certificado de bienes y contribuciones de todos los mayores de edad que conviven en el domicilio.
Servicios:
La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP en su artÃculo 28 establece que los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
El servicio/departamento competente en la materia, podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello de forma motivada.
El tratamiento de los datos de carácter personal queda legitimado en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al propio Ayuntamiento de Basauri u Organismos dependientes, en los términos previstos en el artÃculo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
La verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente normativa, se realizará conforme a la información que se recabe por medios telemáticos de las diferentes Administraciones Públicas.
En el caso de que desee oponerse a la consulta de sus datos, puede ejercitar este derecho solicitando mediante registro electrónico, su oposición. Debe indicar en la solicitud la lista de trámites en los que desea hacer constar su oposición y una exposición razonada de esta. Tenga en cuenta, que en los trámites en los que ejerza su derecho de oposición, deberá aportar toda la documentación necesaria para su tramitación.