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Tarjeta de estacionamiento
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La tarjeta de estacionamiento de vehículos automóviles para personas con discapacidad que presenten movilidad reducida, es un documento público acreditativo del derecho de las personas que cumplan los requisitos previstos para estacionar los vehículos automóviles en que se desplacen, lo más cerca posible del lugar de acceso o de destino.
Serán personas titulares del derecho a obtener la tarjeta de estacionamiento aquellas que, siendo residentes en alguno de los municipios de la Comunidad Autónoma del País Vasco, se encuentren en alguno de los supuestos que establece el art 3 del DECRETO 50/2016, de 22 de marzo, por el que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
Para más información:
Acción Social 900840895 / 944666348 accion_social@basauri.eus
Destinatarios/as:
Las personas físicas residentes en el municipio de Basasuri, que- tengan reconocida oficialmente la condición de persona con discapacidad y las personas físicas que no alcanzando el grado de discapacidad del 33 por ciento, tengan reconocida la incapacidad permanente en grado total, absoluta o gran invalidez; y además se encuentren en alguna de las siguientes situaciones recogidas en el Decreto 50/2016, de 22 de marzo, por el que se regula la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad.
- tengan una valoración de dependencia en la que se indica que pueden solicitar la tarjeta.
Importe:
Sin CosteRequisitos:
Los requisitos para el acceso la tarjeta están recogidos en el Articulo 3.- Personas Titulares del Derecho del Decreto 50/2016, de 22 de marzo.
Normativa Aplicable:
Notas:
- La Tarjeta deberá renovarse cada 5 años, sin perjuicio de cambios en la valoración de la disminución que supongan la finalización con anterioridad a dicho plazo, para lo cual habrá que presentar la misma documentación que para la 1ª solicitud.
- La autorización es estrictamente personal y puede ser utilizada únicamente cuando el titular es transportado en el vehículo o éste es conducido por la persona minusválida, tiene validez para todo el territorio español y la Unión Europea.
- Será válida para estacionar en los lugares señalados al efecto e incluso en los lugares de estacionamiento prohibido durante el tiempo indispensable y con las siguientes excepciones: - Zonas peatonales, andenes o aceras y pasos peatonales. - En prohibición de parada. - Lugares que obstruyan vados o salidas de emergencia. - Espacios que reduzcan carriles de circulación ("Doble Fila").
Sección receptora:
Servicio Atención Ciudadana (S.A.C.) - 944666300 - sac@basauri.eusContacto:
Personal de los Servicios Sociales de BaseÓrgano resolución:
AlcaldÃaSilencio:
Positivo.Plazo legal:
Tres meses.Documentos a presentar:
- Solicitud.
- DNI.
- Dos fotos tamaño carnet.
- Valoración de discapacidad o de la valoración de dependencia (orden foral y dictamen preceptivo de la unidad de valoración y orientación de la Diputación Foral de Bizkaia) o de la incapacidad laboral de la Seguridad Social.
- Documento que acredite la representación legal de la persona discapacitada en el caso de que ésta no tuviera capacidad de obrar.
Servicios:
La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP en su artÃculo 28 establece que los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
El servicio/departamento competente en la materia, podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello de forma motivada.
El tratamiento de los datos de carácter personal queda legitimado en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al propio Ayuntamiento de Basauri u Organismos dependientes, en los términos previstos en el artÃculo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
La verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente normativa, se realizará conforme a la información que se recabe por medios telemáticos de las diferentes Administraciones Públicas.
En el caso de que desee oponerse a la consulta de sus datos, puede ejercitar este derecho solicitando mediante registro electrónico, su oposición. Debe indicar en la solicitud la lista de trámites en los que desea hacer constar su oposición y una exposición razonada de esta. Tenga en cuenta, que en los trámites en los que ejerza su derecho de oposición, deberá aportar toda la documentación necesaria para su tramitación.