L-5 Licencia para obras de edificación
Requiere certificación digital
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A través de este servicio puedes solicitar la licencia de obras:
- De edificación de nueva construcción.
- De ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que alteren la configuración arquitectónica del edificio, tales como:
- Obras que modifiquen la configuración estructural: instalación de ascensores, construcción de entreplantas.
- Obras que modifiquen esencialmente las fachadas exteriores del edificio: apertura de nuevos huecos, fachadas ventiladas.
- Obras que modifiquen la volumetría del edificio.
- Obras que tengan por objeto cambiar los usos característicos del edificio.
- Que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico.
Se aplica a todas aquellas obras incluidas dentro del ámbito de aplicación de la Ley de Ordenación de la Edificación
Para más información:
Urbanismo 944666310 urbanismo@basauri.eus
Destinatarios/as:
Personas físicas o jurídicas interesadas en la obtención de licencia para edificaciones de nueva planta en cumplimiento de la normativa vigente.Importe:
- Impuesto de construcciones, instalaciones y obras
- Tasa por servicios de documentación urbanística
Requisitos:
- La obra deberá contar con Director de Obra y con Director de Ejecución material de Obra.
- En las obras de edificación de nueva construcción, las licencias de obras con Proyecto Básico se sujetarán a un plazo de caducidad durante el cual se completará la documentación aportada con la que se indica en la ficha correspondiente a la Autorización de Inicio de las Obras. Por lo tanto, las licencias con proyecto básico para construcciones de nueva planta no legitiman para el inicio de las obras.
- En los casos de obras en suelos potencialmente contaminados, el plazo de caducidad podrá prorrogarse en el tiempo necesario hasta obtener la resolución del órgano ambiental sobre la declaración de la calidad del suelo que corresponda.
Normativa Aplicable:
- Normas urbanÃsticas
- Código Técnico de la Edificación (CTE)
- ORDENANZA - Reguladora de las actuaciones comunicadas y de la documentación para la obtención de licencias urbanÃsticas.
- ORDENANZA - 06 Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
- ORDENANZA - 07 Tasa por servicios de documentación urbanÃstica.
Sección receptora:
Servicio Atención Ciudadana (S.A.C.) - 944666300 - sac@basauri.eusSilencio:
Negativo.Plazo legal:
3 meses.Derechos:
Compromiso:
Documentos a presentar:
- En los supuestos de Licencia de Obra para nueva edificación se deberá aportar un Proyecto Básico, suscrito por técnico competente, incluyendo justificación técnica de las soluciones propuestas de acuerdo con las especificaciones requeridas por la normativa técnica aplicable. El contenido del Proyecto Básico se ajustará a lo establecido por el Código Técnico de la Edificación.
- Documentación para urbanización complementaria: memoria y planos.
- Transferencia de Aprovechamiento UrbanÃstico (en su caso). Efectuará Propuesta de formalización de Transferencia de Aprovechamiento UrbanÃstico, conforme a las modalidades establecidas en la Disposición Adicional de la Ley 5/1998.
- Borrador de la escritura de cesiones obligatorias y gratuitas y/o constitución de servidumbres de uso público.
- Si las obras a las que se refiere el Proyecto Básico se sitúan en un suelo potencialmente contaminado deberá justificar el inicio de la tramitación de alguno de los procedimientos de declaración en materia de Calidad del Suelo presentada ante la ViceconsejerÃa de Medio Ambiente del Gobierno Vasco. (Ley 4/2015 de 25 de junio, para prevención y corrección de la contaminación del suelo).
Servicios:
La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP en su artÃculo 28 establece que los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
El servicio/departamento competente en la materia, podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello de forma motivada.
El tratamiento de los datos de carácter personal queda legitimado en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al propio Ayuntamiento de Basauri u Organismos dependientes, en los términos previstos en el artÃculo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
La verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente normativa, se realizará conforme a la información que se recabe por medios telemáticos de las diferentes Administraciones Públicas.
En el caso de que desee oponerse a la consulta de sus datos, puede ejercitar este derecho solicitando mediante registro electrónico, su oposición. Debe indicar en la solicitud la lista de trámites en los que desea hacer constar su oposición y una exposición razonada de esta. Tenga en cuenta, que en los trámites en los que ejerza su derecho de oposición, deberá aportar toda la documentación necesaria para su tramitación.