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Cementerio: Solicitud de concesión de derechos funerarios

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Si ha fallecido un familiar y no tienes un lugar en el cementerio municipal donde depositar el cuerpo o sus cenizas puedes solicitar la concesión de un nuevo derecho funerario (Tumba, Nicho o Nicho de Restos).

Para más información:

Salud, Protección de animales y Drogodependencias 944666308 sanidad@basauri.eus

Destinatarios/as:

Todas aquellas personas que deseen enterrar a un familiar en una nueva Tumba o un nuevo Nicho del cementerio municipal.

Importe:

Tasas correspondientes

Requisitos:

  • El fallecido debe llevar un mínimo de 3 meses empadronado en el municipio.

Normativa Aplicable:

Notas:

  • No se conceden nuevas concesiones para panteones.
  • Las concesiones de nichos son por un plazo de 15 años, las de tumbas o sepulturas por 15 años y las de nichos de restos (incineraciones) por 50 años.
  • En el caso de los Nichos podrás elegir entre los disponibles. En el caso de tumbas, no.
  • Puedes domiciliar el pago de la tasa correspondiente.
 

Sección receptora:

Servicio Atención Ciudadana (S.A.C.) - 944666300 - sac@basauri.eus

Contacto:

Personal del departamento de Salud

Definiciones:

Órgano resolución:

La Alcaldía y, por delegación, El/La Concejal/a Delegado/a del Area

Silencio:

Negativo.

Plazo legal:

3 meses.

Derechos:

Documentos a presentar:

  • Solicitud de concesión.

Servicios:



    La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP en su artículo 28 establece que los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.

    El servicio/departamento competente en la materia, podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello de forma motivada.

    El tratamiento de los datos de carácter personal queda legitimado en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al propio Ayuntamiento de Basauri u Organismos dependientes, en los términos previstos en el artículo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.

    La verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente normativa, se realizará conforme a la información que se recabe por medios telemáticos de las diferentes Administraciones Públicas.

    En el caso de que desee oponerse a la consulta de sus datos, puede ejercitar este derecho solicitando mediante registro electrónico, su oposición. Debe indicar en la solicitud la lista de trámites en los que desea hacer constar su oposición y una exposición razonada de esta. Tenga en cuenta, que en los trámites en los que ejerza su derecho de oposición, deberá aportar toda la documentación necesaria para su tramitación.