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Ayuda económica para instalación de ascensores, rebaje de cota de embarque y salvaescaleras
Requiere certificación digital
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Si sois una Comunidad de Propietarios de un edificio de Basauri y estáis pensando en la instalación de ascensores, salva-escaleras u otros aparatos de elevación o rebajar la cota de embarque de los ascensores existentes, podéis tramitar una ayuda para favorecer la accesibilidad al edificio.
Estas ayudas consisten en una subvención a fondo perdido del 20 % del presupuesto de las obras, I.V.A. no incluido, sin exceder en ningún caso de 10.818,22 € por cada nuevo ascensor instalado. El 50% de la subvención se recibe tras comunicar el inicio de las obras y el segundo 50% tras la aprobación de la documentación de fin de obra.
Para más información:
Urbanismo 944666310 urbanismo@basauri.eus
Destinatarios/as:
Requisitos:
- La Comunidad de Propietarios deberá estar al corriente en el pago de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento.
- No se subvencionará la instalación de ascensores o plataformas elevadoras en viviendas unifamiliares, bifamiliares o adosadas.
- No se subvencionará a aquellas Comunidades de Propietarios que en sus fachadas o en cualquier otro elemento del edificio contengan símbolos franquistas, tales como escudos, insignias, placas y otros objetos conmemorativos de la sublevación militar, de la Guerra Civil o de la Dictadura Franquista.
- Los edificios cuyos titulares pretendan acogerse a ayudas del Ayuntamiento de Basauri deberán realizar la ITE, independientemente de la antigüedad del edificio.
Normativa Aplicable:
Notas:
Una vez finalizadas las obras, se deberá presentar la siguiente documentación Fin de Obra, que sirve como justificante de la subvención, que consta de:
- Certificado Final de Obra suscrito por la Dirección Facultativa de la obra.
- Liquidación Final de la obra.
- Facturas de la instalación del ascensor y de la obra civil ejecutada.
- Acta de puesta en servicio del ascensor, emitida por el Departamento de Industria del Gobierno Vasco.
Sección receptora:
Servicio Atención Ciudadana (S.A.C.) - 944666300 - sac@basauri.eusContacto:
Personal de la Sección de Gestión Urbanística y Medio AmbienteÓrgano resolución:
AlcaldiaSilencio:
NegativoPlazo legal:
6 mesesDerechos:
Compromiso:
Documentos a presentar:
- Solicitud (se deberá indicar, en su caso, la obtención de otras subvenciones que financien las obras).
- Solicitud de licencia de obras.
- Proyecto redactado por técnico/a competente.
- Presupuesto pormenorizado de la empresa o empresas adjudicatarias, en el que se desglose por partidas la obra civil necesaria y la instalación propia del ascensor.
- Copia de contrato o notificación de nombramiento de los técnicos intervinientes en la dirección de las obras.
- Reportaje fotográfico del portal de acceso al edificio, de su caja de escalera y en su caso, del patio interior donde pretenda instalarse el ascensor o escalera.
- Acta de la Comunidad acordando la instalación del ascensor y facultando al administrador/a o presidente/a para representar a la comunidad, realizar el cobro de la ayuda correspondiente y emitir recibo de la misma.
- Las ofertas solicitadas por la Comunidad de Propietarios para la ejecución de las obras, con un mÃnimo de tres.
- En su caso, certificado de minusvalÃa fÃsica, o certificado médico acreditativo de que la dolencia reduce su movilidad, o le causa una disminución permanentemente.
Servicios:
La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las AAPP en su artÃculo 28 establece que los interesados tienen derecho a no aportar documentos que ya se encuentren en poder de la Administración actuante o hayan sido elaborados por cualquier otra Administración.
El servicio/departamento competente en la materia, podrá consultar o recabar dichos documentos salvo que el interesado se opusiera a ello de forma motivada.
El tratamiento de los datos de carácter personal queda legitimado en el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al propio Ayuntamiento de Basauri u Organismos dependientes, en los términos previstos en el artÃculo 6.1 e) del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016.
La verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente normativa, se realizará conforme a la información que se recabe por medios telemáticos de las diferentes Administraciones Públicas.
En el caso de que desee oponerse a la consulta de sus datos, puede ejercitar este derecho solicitando mediante registro electrónico, su oposición. Debe indicar en la solicitud la lista de trámites en los que desea hacer constar su oposición y una exposición razonada de esta. Tenga en cuenta, que en los trámites en los que ejerza su derecho de oposición, deberá aportar toda la documentación necesaria para su tramitación.